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Introducción

5.6 Prevención y respuesta a la VSRC cometida por actores privados

Todas las partes en un conflicto, ya sean estatales o no, públicas o privadas, están obligadas por las disposiciones del DIH. En virtud del DIDH, la cuestión es más compleja. Aunque se debate si el DIDH se aplica directamente a los actores privados, todos los tratados de derechos humanos exigen a los Estados que protejan a todos los que se encuentren bajo su jurisdicción de las violaciones cometidas por actores privados, incluidos los grupos armados no estatales.

A nuestros efectos, la obligación pertinente es la de proteger (o, indistintamente, garantizar). Los Estados deben proteger a las personas no sólo contra las violaciones de los derechos humanos cometidas por sus agentes, sino también contra las cometidas por personas o entidades privadas. Las medidas de protección incluyen medidas preventivas, como la promulgación de leyes y el establecimiento de mecanismos de regulación y supervisión en la esfera privada, y medidas reactivas, como la investigación y el enjuiciamiento de los abusos de los derechos humanos. El cumplimiento por parte de los Estados de su obligación de proteger los derechos humanos se determina mediante una prueba de diligencia debida.

Derecho internacional humanitario

III.1 Los Estados deben prohibir la VSRC

En virtud del artículo 1 común a los Convenios de Ginebra, los Estados deben respetar y hacer respetar los Convenios en todas las circunstancias y deben prevenir y poner fin a las infracciones y abstenerse de alentar la comisión de actos contrarios a sus disposiciones. En virtud del estudio sobre el DIH consuetudinario, la obligación de los Estados de respetar y hacer respetar el derecho internacional humanitario también se aplica de forma más general a todos los CAI y los CANI. Incluso los Estados que no son parte en un conflicto específico tienen obligaciones a este respecto. Como parte de la aplicación de esta obligación más general, la tipificación como delito de la violencia sexual en todas sus formas y en todos los contextos armados es un paso importante para poner fin a la VSRC.

Actores privados, incluidas las empresas militares y de seguridad privadas (EMSP). En virtud del DIH, los Estados tienen la obligación de prevenir y responder a las violaciones del DIH cometidas por actores privados. En determinadas circunstancias, los Estados también pueden llegar a ser directamente responsables de las violaciones, lo que conlleva otras obligaciones, como la de proporcionar reparaciones.

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CAT)

III.3 Los Estados deben abordar la VSRC cometida por actores privados

En virtud de los artículos 2 y 16, los Estados deben adoptar medidas eficaces para prevenir la tortura y los malos tratos. Aunque la Convención contra la Tortura impone obligaciones a los Estados Partes y no a los particulares, los Estados pueden incurrir en responsabilidad internacional por los actos y omisiones de sus funcionarios y otras personas, "incluidos los agentes, contratistas privados y otras personas que actúen a título oficial o en nombre del Estado, en colaboración con el Estado, bajo su jurisdicción, o de cualquier otra forma al amparo de la ley".

Cuando las autoridades del Estado u otras personas que actúen con carácter oficial o al amparo de la ley "tienen conocimiento o motivos fundados para creer que sujetos privados o actores no estatales perpetran actos de tortura o malos tratos", deben actuar con la diligencia debida para impedir, investigar, enjuiciar y castigar a dichos agentes. Si no lo hacen, el Estado es responsable y sus funcionarios deben ser considerados "autores, cómplices o responsables por otro concepto" por consentir o tolerar los actos prohibidos: la indiferencia o inacción del Estado es una forma de incitación y/o permiso. El Comité ha aplicado este principio a la incapacidad de los Estados Partes de "prevenir y proteger a las víctimas de la violencia de género, como la violación, la violencia en el hogar, la mutilación genital femenina y la trata de personas".

Sistema Interamericano de Derechos Humanos

III.2 Los Estados deben abordar la VCMN cometida por individuos y grupos privados

Por regla general, los Estados deben prevenir las violaciones de los derechos humanos, "incluidas las cometidas por terceros particulares". La obligación de prevenir es de medios, y no se incumple necesariamente cuando se ha violado un derecho. Además, en virtud de la Convención de Belém do Pará, los Estados deben prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, tanto si se comete en el ámbito público como en el privado.

Para establecer la responsabilidad del Estado por los actos de terceros, la Corte ha sostenido que un "contexto general de colaboración y aquiescencia no es suficiente". Por el contrario, la aquiescencia o colaboración del Estado debe ser "específica a las circunstancias". A este respecto, la Corte examina si una violación se cometió "con el apoyo o la tolerancia" del Estado, o si el Estado permitió que se cometiera la violación sin impedirla ni castigar al autor privado.

Convención sobre los Derechos del Niño (CDN)

III.6 Los Estados deben garantizar el derecho de los niños a expresar sus opiniones y tenerlas en cuenta den la erradicación de la VSRC

En virtud del artículo 12.1, los Estados deben garantizar que los niños que estén en condiciones de formarse un juicio propio tengan derecho a expresar su opinión libremente y a tener en cuenta esa opinión en función de la edad y grado de madurez del niño. Los Estados deben tener en cuenta lo siguiente:

    El artículo 12(1) no deja margen a la discrecionalidad de los Estados. Los Estados deben aplicar plenamente este derecho a todos los niños"; Los Estados deben presumir que un niño tiene capacidad para formarse sus propias opiniones y reconocer que tiene derecho a expresarlas; no corresponde al niño demostrar primero su capacidad. Los Estados no deben introducir límites de edad que restrinjan el derecho del niño a ser escuchado en todos los asuntos que le afecten; El niño debe poder expresar su opinión "sin presiones" y elegir si quiere o no ejercer su derecho a ser escuchado; Los Estados deben interpretar en sentido amplio el significado de "todos los asuntos que afecten al niño"; La edad por sí sola no puede determinar la importancia de las opiniones de un niño: la madurez se refiere a la capacidad de comprender y evaluar las consecuencias de un asunto concreto, y debe tenerse en consideración al determinar la capacidad individual de un niño. La madurez es la capacidad de un niño para expresar sus opiniones sobre cuestiones "de forma razonable e independiente".

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW)

III.6 Los Estados deben abordar la VSRC cometida por actores privados

En virtud del artículo 2(e), los Estados deben eliminar la discriminación contra la mujer por parte de cualquier agente no estatal, incluidas las empresas nacionales que operan extraterritorialmente en zonas afectadas por conflictos, los grupos armados, las fuerzas paramilitares, los contratistas de servicios militares, los grupos delictivos organizados y los justicieros.

La responsabilidad internacional de un Estado puede verse comprometida si:

Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (Convención sobre el Genocidio)

III.3 Los Estados deben castigar la VSRC

Los Estados no deben permitir la impunidad de quienes cometan genocidio: Los Estados deben castigar a los autores de cualquier otro de los actos enumerados en el artículo III, ya sean gobernantes, funcionarios públicos o particulares. Los Estados también deben prever penas efectivas para los autores de genocidio en su derecho interno.

En virtud del artículo VI, sólo un Estado en cuyo territorio se haya cometido alguno de los actos enumerados en el artículo III debe enjuiciar a los autores ante un tribunal competente de ese Estado. Alternativamente, los autores deben ser juzgados por un tribunal penal internacional cuya jurisdicción hayan aceptado los Estados Partes. Aunque el artículo VI no prohíbe a otros Estados enjuiciar cualquiera de los actos enumerados en el artículo III, no tienen la obligación de hacerlo.

Introducción

...compleja. Aunque se debate si el DIDH se aplica directamente a los actores privados, todos los tratados de derechos humanos exigen a los Estados que protejan a todos los que se encuentren bajo su jurisdicción de las violaciones cometidas por actores privados, incluidos los grupos armados no estatales. Al pasar a ser partes en los tratados internacionales, los Estados asumen las obligaciones y los deberes en virtud del derecho internacional de respetar, proteger y realizar......de sus fronteras. Por último, examinamos cómo deben abordar los Estados la VSRC cometida por actores privados. 5.2 Un enfoque interseccional del Derecho internacional🔗 Interseccionalidad es un término acuñado por la profesora Kimberlé Crenshaw. Originalmente, utilizó el término para analizar las múltiples y superpuestas formas de discriminación que sufren las mujeres afroamericanas en Estados Unidos.20 En las últimas décadas, los órganos de tratados de derechos humanos de la ONU (comités de expertos que supervisan la......medidas razonables para prevenir o evitar ese peligro; Existía un nexo causal entre la violación cometida dentro de la jurisdicción de un Estado y el daño causado a la vida y/o integridad de esa persona.98 5.6 Prevención y respuesta a la VSRC cometida por actores privados🔗 Todas las partes en un conflicto, ya sean estatales o no, públicas o privadas, están obligadas por las disposiciones del DIH.99 En virtud del DIDH, la cuestión es más...

Derecho internacional humanitario

...de la aplicación de esta obligación más general, la tipificación como delito de la violencia sexual en todas sus formas y en todos los contextos armados es un paso importante para poner fin a la VSRC. 34 Actores privados, incluidas las empresas militares y de seguridad privadas (EMSP). En virtud del DIH, los Estados tienen la obligación de prevenir y responder a las violaciones del DIH cometidas por actores privados.35 En determinadas circunstancias, los Estados...

Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (Convención sobre el Genocidio)

...por ejemplo, siguen controlando los poderes del Estado, incluida la policía, la fiscalía y los tribunales, y no existe un tribunal penal internacional capaz de juzgar los presuntos crímenes; «o el Estado responsable puede haber reconocido la infracción».51 Atribución a los Estados del genocidio cometido por actores privados. Si bien la cuestión de la atribución a los Estados del genocidio cometido por actores privados y las normas consuetudinarias que rigen la responsabilidad de los Estados......queda fuera del ámbito de la Guía, en términos generales, el hecho de que los Estados puedan incurrir en responsabilidad internacional por genocidio cometido por actores privados depende de tres cuestiones:52 En primer lugar, la cuestión de si los actos de genocidio pueden atribuirse a un Estado debe determinarse con arreglo a las normas del derecho internacional consuetudinario sobre la responsabilidad del Estado. Los actos deben haber sido cometidos por personas u órganos cuya conducta...

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW)

...aplicar efectiva y plenamente la CEDAW; Establecer mecanismos de seguimiento y «coordinación permanente entre las autoridades federales y estatales»57 para garantizar que la CEDAW «se respeta y aplica a todas las mujeres de su jurisdicción»; Garantizar que la descentralización o el traspaso de competencias no conduzca a la discriminación de las mujeres en las diferentes regiones.58 III.6 Los Estados deben abordar la VSRC cometida por actores privados🔗 En virtud del artículo 2(e), los Estados deben...

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CAT)

...nombre, y debe identificar e informar al Comité de cualquier casos de tortura o malos tratos. 39 El Comité ha expresado que el Convenio no es «primordialmente de tipo territorial» y sí tiene «efecto extraterritorial».40 III.3 Los Estados deben abordar la VSRC cometida por actores privados🔗 En virtud de los artículos 2 y 16, los Estados deben adoptar medidas eficaces para prevenir la tortura y los malos tratos. Aunque la Convención contra la Tortura impone...

Convención sobre los Derechos del Niño (CDN)

...del Estado en virtud de la CDN. 38 Las empresas son actores privados influyentes. El sector empresarial engloba a todas las empresas comerciales, incluidos los proveedores de servicios digitales.39 A la luz de los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos, los Estados40 deben garantizar que las empresas cumplen con sus responsabilidades con respeto a los derechos del niño.41 La CDN también se aplica a las «organizaciones sin fines de lucro que intervienen...

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD)

...CDPD no se limita únicamente al territorio de un Estado.19 III.3 Los Estados deben abordar la VSRC cometida por actores privados🔗 Los Estados tienen la obligación de «adoptar todas las medidas adecuadas para eliminar la discriminación por motivos de discapacidad practicada por cualquier persona, organización o empresa privada». («como los proveedores de servicios»).20 Esto incluye «prevenir la violencia o las violaciones de los derechos humanos, proteger a las víctimas y a los testigos de las...

Sistema de la Unión Africana

...«el uso, la producción y el comercio de material o sustancias diseñados para infligir torturas o malos tratos».36 Actores privados. Según el artículo 1, los Estados no solo deben proteger a sus ciudadanos mediante una legislación adecuada y su aplicación efectiva, sino también protegiéndolos de la violencia perpetrada por actores privados.37 En los conflictos, la prohibición de la tortura y los malos tratos también se aplica a las fuerzas armadas disidentes y a otras fuerzas...

Sistema del Consejo de Europa

...y familiar frente a actos de actores privados. 37 Aunque los Estados tienen discreción en la forma de brindar protección contra actos de individuos que infringen el artículo 8, deben promulgar disposiciones penales eficientes para garantizar «una disuasión eficaz contra actos graves como la violación».38 VSRC en forma de trata de personas. Los Estados deben garantizar «la protección práctica y efectiva de los derechos de las víctimas o potenciales víctimas de trata» en la legislación...

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