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Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW)

III.22 Los Estados deben proporcionar una atención adecuada a las víctimas/supervivientes de la VSRC

En las zonas afectadas por conflictos, el acceso a servicios esenciales como la atención de la salud, incluidos los servicios de salud sexual y reproductiva, se ve interrumpido. En consecuencia, las mujeres y las niñas corren un mayor riesgo de embarazos no deseados, lesiones sexuales y reproductivas graves, contraer infecciones de transmisión sexual y sufrir otros daños físicos y psicológicos como consecuencia de la VSRC. La desintegración o destrucción de los servicios de salud, combinada con la limitación de la movilidad y libertad de circulación de las mujeres, socava aún más la igualdad de acceso de las mujeres a la atención de la salud, consagrada en el artículo 12(1).

Los Estados deben tomar medidas para proporcionar a las mujeres de todas las edades y orígenes protección y servicios de salud adecuados, prestando especial atención a "las necesidades de salud física y mental, incluido el apoyo psicológico, de las mujeres victimizadas y de los niños nacidos de violaciones". Los servicios adecuados incluyen:

Derecho internacional humanitario

III.17 Los Estados deben proporcionar una atención adecuada a las víctimas/supervivientes de la VSRC

Los Estados deben garantizar que los heridos y enfermos, ya sean civiles o militares, reciban los cuidados y la atención médica necesarios según su estado. No permitirá ninguna discriminación motivos que no sean médicos.

Los Estados deben considerar cómo los roles y patrones formados por el contexto social, económico, cultural o político y que dan lugar a diferentes estatus, necesidades y capacidades entre mujeres y hombres de diferentes edades y procedencias podrían obstaculizar el acceso seguro a la asistencia de cualquiera de los grupos. Esto puede incluir la reticencia a buscar o recibir atención médica, posiblemente debido a la discriminación o al estigma que conlleva estar herido o enfermo. Los Estados deben tener en cuenta el conocimiento de las estructuras sociales para garantizar que la asistencia médica sea plenamente accesible tanto para las mujeres como para los hombres, y reducir al mínimo los riesgos de que cualquier grupo sea objeto de discriminación, falta de respeto, daño o peligro antes, durante o después de la asistencia.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP)

III.7 Los Estados deben proporcionar una atención adecuada a las víctimas/supervivientes de la VSRC

Los Estados deben tomar medidas para:

    Construir refugios adecuados para mujeres y niños víctimas de violencia de género, en particular mujeres y niños con discapacidad; Garantizar que las víctimas/supervivientes reciben apoyo físico y psicológico, incluyendo la creación de un fondo de indemnizaciones para las víctimas de violencia sexual, que deberá ponerse en marcha lo antes posible; Facilitar el acceso de las víctimas/supervivientes a los servicios judiciales.

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (ICERD)

III.15 Los Estados deben proporcionar a las víctimas/supervivientes de la VSRC una atención adecuada

En virtud del artículo 5(e)(iv), las víctimas/supervivientes de discriminación racial tienen derecho "a la salud pública, la asistencia médica, la seguridad social y los servicios sociales". Los Estados deben:

    Proporcionar asistencia material, jurídica, médica y psicológica, así como otro tipo de apoyo, a las víctimas/supervivientes (incluidos los inmigrantes indocumentados y los inmigrantes). A las víctimas/supervivientes de la trata de seres humanos se les debe conceder "un estatuto de residencia estable y medios de subsistencia básicos al menos hasta que finalice el proceso de reparación"; Crear y financiar adecuadamente "centros de prevención y asistencia rápida, servicios de asesoramiento y refugios temporales"; Reforzar y ampliar los servicios existentes, "incluidos los refugios y el asesoramiento, para las víctimas de la violencia de género", para garantizar su accesibilidad, y "aumentar el número de médicos y de centros de salud primaria y subcentros de salud que funcionen y estén debidamente equipados en las zonas tribales y rurales"; Garantizar la igualdad de acceso a instalaciones sanitarias y servicios de salud reproductiva que sean asequibles, adecuados y culturalmente pertinentes y accesibles; Mejorar el acceso a la atención sanitaria materna, la planificación familiar, la atención prenatal y postnatal y los servicios obstétricos de urgencia; Facilitar el acceso a métodos anticonceptivos y de planificación familiar adecuados. Los Estados también deben garantizar que las mujeres y las niñas sean consultadas para la prestación de dichos servicios; Proporcionar una educación sexual adecuada dirigida a la prevención de embarazos no deseados y de infecciones de transmisión sexual; Mitigar los riesgos a los que se enfrentan las mujeres que solicitan un aborto y los profesionales sanitarios que las atienden, y garantizar que no son objeto de sanciones penales. Los Estados deben garantizar que la legislación sobre el aborto es coherente "con otros derechos humanos, como el derecho de la mujer a la vida y el derecho a la salud física y mental", y que las mujeres "pueden acceder a la interrupción voluntaria y legal del embarazo en condiciones seguras y dignas, sin sufrir acoso".

Derecho internacional humanitario

...horas siguientes a la comisión de la VSRC. Además, los Estados deben poner asistencia económica a disposición de las víctimas/supervivientes para asegurarse que se atienden sus necesidades básicas inmediatas, ya que la VSRC puede tener efectos devastadores en la vida de las víctimas/supervivientes, incluida su capacidad para ganarse la vida y valerse por sí mismas.194 Servicios de salud reproductiva. Las mujeres enfrentan necesidades específicas relacionadas con su género y sexo.195 La violencia sexual tiene efectos...

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (ICERD)

...las víctimas de la violencia de género»,102 para garantizar su accesibilidad, y «aumentar el número de médicos y de centros de salud primaria y subcentros de salud que funcionen y estén debidamente equipados en las zonas tribales y rurales»;103 Garantizar la igualdad de acceso a instalaciones sanitarias y servicios de salud reproductiva que sean asequibles,104 adecuados y culturalmente pertinentes y accesibles;105 Mejorar el acceso a la atención sanitaria materna, la planificación familiar, la atención prenatal...

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CAT)

...libertad;308 Garantizar el funcionamiento efectivo de una línea telefónica gratuita de atención a las mujeres víctimas de violencia, financiada por el Estado y disponible las 24 horas del día;309 Establecer una base de datos sobre el número de víctimas de tortura y malos tratos que se han beneficiado de asistencia médica.310 Servicios de salud reproductiva. El Comité ha identificado las decisiones reproductivas como un contexto en el que las víctimas/supervivientes de violencia sexual, especialmente mujeres...

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