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Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP)

III.6 Los Estados deben proporcionar acceso a la justicia a las víctimas/supervivientes de la VSRC

El Comité ha expresado su preocupación por las informaciones provenientes de algunos países según las cuales las víctimas/supervivientes de la VSRC "tienen dificultades para acceder a los servicios judiciales y otros factores tales, lo que disuade a las víctimas de interponer una demanda o de proseguir las acciones emprendidas contra su agresor ". Para abordar estas preocupaciones, los Estados deberían:

    Abordar el "tabú social, el temor a las represalias o la incitación a aceptar conciliaciones amistosas" a los que se enfrentan las víctimas/supervivientes de la violencia sexual; Proteger a las víctimas/supervivientes de la violencia sexual de la estigmatización y la marginación a nivel familiar y comunitario; Establecer políticas para el archivo confidencial en los hospitales de los historiales médicos de las víctimas/supervivientes de violencia sexual; Aumentar el número de mujeres policías y fiscales; Garantizar la confidencialidad y protección de las víctimas/supervivientes de violencia sexual "durante la presentación de la denuncia, la investigación y las actuaciones"; Hacer que el sistema de asistencia letrada gratuita funcione plenamente en todo su territorio y sea accesible a todos los ciudadanos vulnerables, "en particular las víctimas de actos de violencia sexual cometidos en tiempo de guerra"; Establecer "un sistema eficaz de protección de las víctimas y los testigos"; Garantizar el acceso de las víctimas/supervivientes de violencia sexual a los tribunales nacionales; Abolir las disposiciones legales que favorecen la impunidad de la violencia sexual, incluidas las amnistías por violaciones graves de las normas internacionales de derechos humanos y del derecho internacional humanitario, y las defensas de ordenes superiores; y Eliminar los obstáculos que dificultan la presentación de denuncias y el acceso efectivo a la justicia y a las indemnizaciones de las víctimas/supervivientes de violencia sexual, incluyendo el aumento significativo de los plazos de prescripción en consonancia con la gravedad de los casos de violencia sexual.

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW)

III.19 Los Estados deben garantizar que las víctimas/supervivientes de la VSRC tengan acceso a la justicia

En los conflictos, los sistemas de justicia existentes pueden ser más proclives a vulnerar los derechos de las mujeres que a protegerlos, lo que puede disuadir a las víctimas de acudir a la justicia. Tras un conflicto, los mecanismos de justicia transicional no suelen abordar plenamente "los efectos relacionados con el género de los conflictos": en consecuencia, las violaciones más atroces y generalizadas relacionadas con el conflicto suelen quedar impunes.

En virtud del artículo 5(a), los Estados deben exponer y eliminar las barreras que impiden a las mujeres ejercer y reclamar sus derechos y que obstaculizan su acceso a recursos efectivos. Los Estados deberían:

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CAT)

III.16 Los Estados deben proporcionar acceso a la justicia a las víctimas y supervivientes de la VSRC

Los Estados deben proporcionar a las víctimas/supervivientes de la VSRC acceso a la justicia. Los obstáculos específicos que impiden el acceso a la justicia y que deben eliminarse son, entre otros, los siguientes:

    Legislación nacional inadecuada. Los Estados deben revisar y mejorar su legislación nacional "de conformidad con las observaciones finales y los dictámenes del Comité a propósito de las comunicaciones individuales". Ejemplos de legislación nacional inadecuada incluyen las leyes y políticas nacionales que permiten eximir de castigo a un violador "si se casa con la víctima", legislación que permite el encarcelamiento de mujeres detenidas por delitos relacionados con la violencia doméstica y la poligamia, y legislación y políticas restrictivas y discriminatorias relativas a la reparación de las víctimas civiles de la guerra, incluidas las supervivientes de violencia sexual en tiempo de guerra; Medidas inadecuadas "para garantizar la custodia de los presuntos autores"; Las leyes relativas al secreto de Estado, que socavan seriamente "la disponibilidad de información sobre la tortura, la justicia penal y cuestiones conexas". Su amplia aplicación impide la divulgación de información crucial que permitiría al Comité identificar posibles patrones de abusos que requieran atención; Retrasos en la tramitación de las denuncias de VSRC; Los resquisitos de procedimiento y prueba que interfieren con el derecho a la reparación. Los Estados deberían:
      Poner a disposición de las víctimas/supervivientes todas las pruebas de actos de tortura o malos tratos, previa solicitud; Garantizar que en todos los procedimientos se tendrá en cuenta el género de manera a evitar la revictimización y estigmatización de las víctimas de tortura o malos tratos. Las normas probatorias y procesales sobre violencia de género deben conceder la misma importancia a los testimonios de mujeres y niñas, y evitar la introducción de pruebas discriminatorias y el acoso a víctimas/supervivientes y testigos; Garantizar que los tribunales nacionales no exigen pruebas de resistencia física a la violencia sexual por parte de las víctimas/supervivientes para demostrar la falta de consentimiento;
    La falta de asistencia jurídica y medidas de protección suficientes para las víctimas/supervivientes y los testigos. Los procedimientos no deben imponer a las víctimas/supervivientes una carga financiera que les impida o les disuada de acudir a la justicia. Deben adoptarse medidas especiales para garantizar el acceso de las personas pertenecientes a grupos marginados o "vulnerables". Los Estados deben:
      Impedir la injerencia en la vida privada de las víctimas/supervivientes y proteger a las víctimas, sus familiares y testigos y otras personas que hayan intervenido en su nombre contra la intimidación y las represalias en todo momento "antes, durante y después de los procedimientos judiciales, administrativos o de otra índole que afecten a los intereses de las víctimas"; Proporcionar a los testigos en grave peligro medidas de protección a largo plazo o permanentes, incluido el cambio de identidad o su reubicación dentro o fuera de los Estados; Prestar más atención a las necesidades psicológicas de los testigos para minimizar la posible retraumatización de las víctimas/supervivientes en los procesos judiciales; Garantizar que los testigos "dispongan de medios adecuados para desplazarse hasta y desde el tribunal". Los Estados deben proporcionar escoltas para sus desplazamientos, cuando sea necesario;
    El estigma asociado y los efectos físicos, psicológicos y de otro tipo relacionados con la tortura y los malos tratos. En particular, el Comité se ha mostrado preocupado por la cultura del silencio y el estigma que rodean a la violencia sexual y a sus víctimas/supervivientes; El incumplimiento por parte de un Estado Parte de las sentencias que establecen medidas reparadoras para una víctima/superviviente de tortura, dictadas por tribunales nacionales, internacionales o regionales; Cualquier justificación religiosa o tradicional que viole la prohibición absoluta de la tortura y los malos tratos.

Introducción

...que los Estados deben emprender para evitar la (re)aparición de la VSRC; Justicia y rendición de cuentas. «Justicia y rendición de cuentas» se refiere a las medidas necesarias para investigar y procesar a los autores de la VSRC y para que los Estados rindan cuentas por el incumplimiento de sus obligaciones internacionales, así como para que las víctimas y supervivientes tengan acceso a la justicia; Respuesta humanitaria. «Respuesta humanitaria» se refiere a lo que los...

Derecho internacional humanitario

...Estados que reciben una solicitud de extradición tienen la opción de no procesar ellos mismos a los imputados y de entregarlos un Estado Parte solicitante para que sean juzgados.155 III.13 Los Estados deben proporcionar acceso a la justicia para las víctimas/supervivientes de la VSRC 🔗 La obligación de tratar a todos los civiles y a las personas que no participen activamente en las hostilidades sin «distinción adversa»156 exige a los Estados que eliminen obstáculos para...

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (ICERD)

...y cualificados para ayudar a las minorías lingüísticas;84 Facilitar la labor de investigación de otras entidades.85 Esto es relevante en lo que respecta a la falta de coordinación entre los sistemas de justicia ordinario e indígena, que es un obstáculo para el acceso a la justicia de las personas indígenas, en particular las mujeres indígenas «que sufren violencia de género». Los Estados deben seguir esforzándose por reconocer, respetar y fortalecer el sistema de justicia indígena,......poder judicial respeto de la injerencia y el control políticos».88 Para ello, los Estados deben poner fin a «la aplicación del derecho militar».89 III.14 Los Estados deben proporcionar a las víctimas/supervivientes de la VSRC acceso a la justicia🔗 Según el artículo 5(a), las víctimas/supervivientes de discriminación racial tienen derecho «a la igualdad de tratamiento en los tribunales y todos los demás órganos que administran justicia». Sin embargo, la existencia de algunas leyes, prácticas y medidas...

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP)

...47 Los Estados deben hacer un seguimiento periódico del número de investigaciones y inculpaciones por casos de violencia contra las mujeres y compararlo con el número de denuncias recibidas, como mecanismo para reforzar las medidas existentes dirigidas a la protección de las mujeres.48 III.6 Los Estados deben proporcionar acceso a la justicia a las víctimas/supervivientes de la VSRC 🔗 El Comité ha expresado su preocupación por las informaciones provenientes de algunos países según las cuales...

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW)

...gestión de campamentos y la elección de soluciones duraderas;151 Implicar a las mujeres migrantes en el diseño de servicios adecuados, como salud mental y apoyo psicosocial, salud sexual y reproductiva, educación y formación, empleo, vivienda y acceso a la justicia;152 Diseñar leyes, políticas y programas de lucha contra la trata basados en los derechos humanos y que tengan en cuenta las cuestiones de género; Aplicar de forma continuada la CEDAW y el Protocolo contra la......internacionales de investigación, «en particular para su enjuiciamiento ante tribunales internacionales, y en consonancia con el Protocolo Internacional de Documentación e Investigación de la Violencia Sexual en los Conflictos«;180 Colaborar con otros sistemas de justicia, incluida la Corte Penal Internacional y los organismos internacionales de investigación.181 III.19 Los Estados deben garantizar que las víctimas/supervivientes de la VSRC tengan acceso a la justicia🔗 En los conflictos, los sistemas de justicia existentes pueden ser más proclives a......los niveles; Garantizar que el entorno físico y la localización de las instituciones judiciales y cuasi judiciales y otros servicios sean «acogedores, seguros y accesibles a todas las mujeres», incluso desde el punto de vista económico; Establecer centros de acceso a la justicia, como «centros de atención integral», que incluyan una serie de servicios jurídicos y sociales. Los centros deben ser accesibles a todas las mujeres, incluidas las que viven en la pobreza y/o en...

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CAT)

...de la VSRC acceso a la justicia.275 Los obstáculos específicos que impiden el acceso a la justicia y que deben eliminarse son, entre otros, los siguientes: Legislación nacional inadecuada. Los Estados deben revisar y mejorar su legislación nacional «de conformidad con las observaciones finales y los dictámenes del Comité a propósito de las comunicaciones individuales».276 Ejemplos de legislación nacional inadecuada incluyen las leyes y políticas nacionales que permiten eximir de castigo a un violador «si......y levamiento de cadáveres deben ser a cargo de autoridades civiles»;272 Garantizar que los casos de tortura y malos tratos perpetrados por personal militar contra civiles se juzgan siempre en tribunales civiles, aun cuando hayan ocurrido en acto de servicio;273 Adoptar todas las medidas posibles para prohibir que los tribunales militares ejerzan jurisdicción sobre civiles.274 III.16 Los Estados deben proporcionar acceso a la justicia a las víctimas y supervivientes de la VSRC🔗 Los Estados deben......de tortura o malos tratos, independientemente de cuándo se produjo la violación o de si es atribuible a un régimen anterior, puedan buscar justicia y obtener reparación.295 Inmunidad. Conceder inmunidad “a un Estado, a quienes actúan en su nombre o a agentes no estatales por actos de tortura o malos tratos” está en conflicto directo con la obligación de los Estados de proporcionar acceso a la justicia y reparación a las víctimas/supervivientes. En ninguna circunstancia...

Convención sobre los Derechos del Niño (CDN)

...sistemas especializados de justicia juvenil, y abstenerse de recurrir a tribunales militares y tribunales de seguridad del Estado;240 Garanticen que los niños con discapacidad no están en el sistema de justicia juvenil.241 III.19 Los Estados deben proporcionar acceso a la justicia a los niños víctimas/supervivientes de la VSRC🔗 Los Estados deben revisar y, si es necesario, derogar todas las medidas y prácticas que impidan el acceso de los niños víctimas/supervivientes a la justicia, incluidas: La...

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD)

...para las personas con discapacidad y sus familiares y cuidadores, incluso proporcionar información y educación sobre la manera de prevenir, reconocer y denunciar los casos de explotación, violencia y abuso». Los servicios de protección deben tener en cuenta la edad, el género y la discapacidad. 91 Además, todas las personas con discapacidad deben disponer de mecanismos de denuncia independientes y confidenciales en todos los entornos.92 III.13 Los Estados deben proporcionar acceso a la justicia a......actuaciones judiciales, con inclusión de la etapa de investigación y otras etapas preliminares. 93 Recordando los Principios y Directrices Internacionales sobre el Acceso a la Justicia para las Personas con Discapacidad (2020),94 los ajustes incluyen: Derogar todas las leyes que nieguen la capacidad jurídica de las personas con discapacidad;95 Derechos sustanciales a asistencia jurídica, apoyo y adaptaciones procesales y de edad»;96 Eliminar las barreras a las que se enfrentan las mujeres y las niñas con...

Sistema de la Unión Africana

...casos de violencia sexual, como el derecho a la integridad personal,30 el respeto a la dignidad inherente al ser humano (artículo 5, como se analizó en la introducción), el derecho de acceso a la justicia,31 y el principio de no discriminación. 32 En virtud del artículo 1, los Estados deben reconocer tales derechos y adoptar medidas legislativas o de otra índole para hacerlos efectivos.33 De conformidad con las [Resolución sobre directrices y medida para la......garantizar el acceso a la justicia de las víctimas/supervivientes de la VSRC 🔗 De conformidad con el artículo 7, toda persona tiene derecho a que su causa sea oída, lo que comprende lo siguiente: El derecho a recurrir ante los órganos nacionales competentes los actos que vulneren sus derechos fundamentales; El derecho a la presunción de inocencia «hasta que se pruebe su culpabilidad por un tribunal competente»; El derecho a la defensa, incluido el derecho......los autores de todas las formas de violencia, violación y otras formas de explotación sexual «ante una jurisdicción penal competente». IV.7 Los Estados deben garantizar el acceso a la justicia a las víctimas/supervivientes de la VSRC🔗 En virtud del artículo 8, los Estados deben: Proporcionar a las mujeres un acceso efectivo a los servicios judiciales y jurídicos, incluida la asistencia letrada; Apoyar las iniciativas locales, nacionales, regionales y continentales que faciliten el acceso de las...

Sistema del Consejo de Europa

...en la sala del tribunal sin estar presentes o sin la presencia del presunto autor, por ejemplo, mediante el uso de tecnologías de la comunicación. IV.10 Los Estados deben proporcionar acceso a la justicia a las víctimas/supervivientes de la VSRC 🔗 Los Estados deben facilitar a las víctimas/supervivientes de la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica el acceso a la justicia. Entre las medidas para facilitarlo se incluyen: Consagrar el principio de igualdad...

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